
A la salida del colegio una madre que tiene un pequeño negocio local de elaboración y venta de abalorios habla por teléfono. Está nerviosa y parece muy preocupada. Está esperando a sus hijos, uno de siete y otro de nueve, pero apenas se da cuenta de que otras madres la saludan.
—Pero… ¿cómo que tengo que pagar una multa? — pregunta mientras pasea de un lado al otro de la acera — Tienes todos los documentos y toda la contabilidad… No puedo pagar el 5% de lo que se tenía que haber declarado… ¡Y no creo que sea una suerte que sólo hayan pasado tres meses!
Tal vez este sea un caso un poco extremo: el del mal asesor fiscal que no ha presentado las últimas declaraciones trimestrales de su cliente. Como han pasado menos de tres meses, el afectado -la madre trabajadora- tiene que pagar un 5% de recargo del resultado del IVA. O poner el tema en manos de abogados que le ayuden a solucionar el problema.
En el punto de mira de la compraventa por internet
Ahora imaginemos que esta madre emprendedora no elabora y vende su propia bisutería, sino que se ha iniciado en el comercio de ropa por internet. Y su asesor le ha dado de alta en el epígrafe de venta por catálogo, cosa que Hacienda no admite.
Así que esta pobre madre ha recibido una carta que le ha preocupado mucho, porque la persona que ha contratado para llevar todos los aspectos fiscales de su emprendimiento no ha hecho bien su trabajo.
O peor aún: no le ha dado el alta en el registro de intracomunitarios. Ella tiene que emitir o recibir facturas de empresas que forman parte de la Unión Europea. Esto significa que tiene que estar de alta en el ROI –Registro de Operadores Intracomunitarios- de lo contrario, todas las facturas que recibe tienen estipulado el IVA como si de un particular se tratara, y no se lo puede deducir. Lo que supone una buena cantidad de dinero que no se desgravará.
¿Tu asesor te asesora bien?
Un asesor fiscal ha de estar al tanto de muchísimos aspectos que pueden afectar a la economía y paz espiritual de sus clientes.
Estos son algunos ejemplos:
- Si no ha tenido en cuenta que los profesionales que superan el 70% de su facturación con retención, no están obligados a presentar el modelo 130 de pago a cuenta de IRPF. Así que su cliente estará pagando un dinero por adelantado, que no le corresponde pagar.
- Si no ha elaborado tus libros de contabilidad, están incompletos o presentan errores.
- Si no te responde cuando le preguntas o lo hace demasiado tarde (este punto es válido para cualquier profesión)
- Si pasa el tiempo y no tienes noticias de tu declaración anual de la renta.
- Si el Registro Mercantil no sabe nada de ti ni de tu actividad comercial.
- Si las declaraciones informativas -los modelos 347 y 349- son las grandes olvidadas.
- Si no sabes nada desde hace tiempo del impuesto sobre sociedades, porque simplemente no te informa de nada.
Necesitas un cambio en tu vida, al menos en la que afecta a la parte de contabilidad y fiscalidad de tu actividad profesional.
Ponte en contacto conmigo y tendrás toda la ayuda que necesites -porque yo sí sé qué hay que hacer y cómo hacerlo-.